Despido de la Empresa
A continuación detallaremos algunas preguntas frecuentes en relación al despido en la empresa:
¿Qué puedo considerar despido?
Cualquier decisión adoptada de manera unilateral por el empresario responsable de la empresa que tiende a producir la extinción del vínculo laboral existente entre aquel y alguno de los trabajadores a su servicio.
¿Qué tipos de despido hay?
De una manera muy breve describiremos los tipos de despido, que pueden ser los siguientes:
- Por causas objetivas: cuando el despido viene motivado por causas establecidas y tasadas legalmente en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
- Por causa de fuerza mayor.
- Despido colectivo: establecido en el artículo 51.1 del Estatuto de los trabajadores.
- Disciplinario: extinción del contrato basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.
- Fraudulento: Se da este tipo de despido cuando el contrato mismo se efectúa en fraude de ley.
- Improcedente.
- Despido nulo: cuando tenga por móvil alguna de las causas de discriminación o se haga con violación de Derechos Fundamentales y Libertades Públicas.
- Por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción.
- Tácito.
¿Qué abogado puede asesorarme en esta materia?
El profesional que deberá asesorarte en un despido empresarial será un abogado laboralista, experto en esta rama del Derecho.
¿Qué pretensión puede tener el despedido en el proceso?
El despedido podrá pretender que la decisión del empresario se estime injustificada y sea revocada, o bien sus efectos sean indemnizados.
¿Qué plazo tengo para presentar la demanda de despido de la empresa?
El plazo es de 20 días hábiles señalando que este plazo es de caducidad a todos los efectos (artículo 103.1 LPL y 59.3 ET).